
LA SENTENCIA
En 1971, el New York Times obtuvo la documentación conocida como "The Pentagon Papers" o "History of U.S. Decision-Making Process on Vietnam Policy".
El gobierno de los Estados Unidos lamentó que la publicación de esa documentación habria puesto en peligro la seguridad de la nación, y pidió la censura previa. El diario apeló al Tribunal Supremo de los Estados Unidos, sostuviendo que la censura previa que el gobierno estaba pidiendo era una violación de la primera enmienda a la Constitución.
Las argumentaciónes del New York Times eran que la primera enmienda existe justamente para defender la prensa y para que el pueblo americano sea informado sobre lo que hace el ejecutivo. Además, el gobierno no había probado que la publicación de los "Pentagon Papers" era un peligro real para el país.
Para su parte, el gobierno (dirigido por Richard Nixon) sostuvía que la primera enmienda no garantiza la libertad total de la prensa, especialmente cuando está implicada la seguridad nacional, que el tribunal tenía que establecer un equilibrio entre la libertad de prensa y el deber del gobierno de defender el estado, y que la publicación habría producido un peligroso precedente en materia de publicación de documentación confidencial. Además citaron la sección 793 del Espionage Act.
Finalmente, con una decisión de 6 contra 3, el tribunal donó la razón al New York Times. La motivación era que el mismo tribunal no estaba dispuesto a sacrificar la libertad de prensa, dudando mucho sobre la costitucionalidad de la censura previa.
LA DEFENSA
Whoever having unauthorized possession of, access to, or control over any document, writing, code book, signal book, sketch, photograph, photographic negative, blueprint, plan, map, model, instrument, appliance, or note relating to the national defense, or information relating to the national defense which information the possessor has reason to believe could be used to the injury of the United States or to the advantage of any foreign nation, willfully communicates, delivers, transmits or causes to be communicated, delivered, or transmitted, or attempts to communicate, deliver, transmit or cause to be communicated, delivered, or transmitted the same to any person not entitled to receive it, or willfully retains the same and fails to deliver it to the officer or employee of the United States entitled to receive it.
(Sección 793 del Espionage Act)
Respecto a la sección 793 del Espionage Act los abogados del NYT defendieron la publicación así: primero, dicha sección era demasiado vaga. Luego, se podia considerar un articulo sobre la politca exterior "relacionado con la defensa nacional"? Esos articulos podian de verdad "ayudar naciones enemigas a golpear los EE.UU."?se podia considerar educativo para el publico no publicar la documentacion, y se podia considerar el pueblo americano como "persona no autorizada a recebir"? Y finalmente, la palabra "publicación" no aparecia entre las considerables criminales.
LOS JUECES
Los jueces Hugo Black y William Douglas dicieron que la primera enmienda es absoluda, y no deja espacio para la intervención ni del gobierno.
William Brennan explicó que la "publicación" de documentación no entraba entre las practicas considerable peligrosas para la seguridad nacional.
Thurgood Marshall sostuvo que esta "seguridad nacional" estaba demasiado vaga para justificar la censura.
Byron White y Potter Stewart pensaban que el NYT habia exagerado publicando esa documentación, pero no se podía encontrar en la ley nada contra el periodico.
El juez jefe Warren Burger disientí, hablando de "colisión entre el imperativo de una prensa libre y el imperativo de un eficaz funcionamiento del estado".
John Harlan y Harry Blackmun concordaron con Burger en decir que el NYT tenía que consultar previamente el gobierno para acertarse que la publicación no fuese un peligro para la seguridad nacional.
WIKILEAKS: SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS
Segun la opinión de muchos y también del mismo portavoz Julian Assange, el antepasado de Wikileaks son los Pentagon Papers. La primera diferencia juridicamente es que Wikileaks no está considerado como un medio de comunicación, por lo tanto no tiene la protección que tenía por ley el NYT en 1971. Como en el caso actual, todo empezó con el soplo de un miembro de la administración USA, Daniel Ellsberg, que tenía acceso a informaciones confidenciales, en ese caso una relación reservada commisionada por el ministro de la defensa McNamara sobre la guerra en Vietnam. En aquella epoca, el NYT apeló al Tribunal Supremo, que difendió su libertad de prensa. En 2008 Wikileaks se salvó del cierre por un tribunal americano gracias a la primera enmienda, el problema es que hoy, desgraciadamente para Assange, no existe un "tribunal supremo mundial" que pueda decidir sobre cuestiones internacionales como la de Wikileaks, que implica muchos derechos nacionales. Otras diferencias: en el caso del 1971, se trataba de unas cuestiones importantes sobre la guerra publicadas todas más o menos en un rato de tiempo no muy largo. Hoyendia, Wikileaks ha publicado aproximadamente el 1% de documentación que parece poseer, empezando por crimenes de guerra de los Estados Unidos y otras graves cuestiones internacionales. Que nos espera en el 99% restante?
LA COSTITUCIÓN ESPAÑOLA
El caso "Pentagon Papers" se resolvió basandose en la primera enmienda a la Constitución de los Estados Unidos, cuyo texto dice:
El Congreso no hará ley alguna con respecto a la adopción de una religión o prohibiendo el libre ejercicio de dichas actividades; o que coarte la libertad de expresión o de la prensa, o el derecho del pueblo para reunirse pacíficamente, y para solicitar al gobierno la reparación de agravios.
En el Título I de la Constitución Española, desde el artículo 10 hasta el artículo 38, se recogen los derechos y deberes fundamentales. Entre esos, lo que más nos admite a una comparación con la primera enmienda es el artículo 20:
Artículo 20
1.Se reconocen y protegen los derechos:
a. A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
b. A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
c. A la libertad de cátedra.
d. A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la clausula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
3.La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.
4.Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.
5.Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.
Lo que nos interesa, concerniente a la sentencia NYT vs United States, es la "prohibición de censura previa". Censura previa es toda acción u omisión dirigida a dificoltar o imposibilitar la publicación y circulación de la palabra impresa (o la edición de un programa o una obra audiovisual). Con el artículo 20.2 se pretendió, sin ninguna necesidad de un desarrollo legislativo posterior, garantizar las libertades reconocidas en el art. 20.1 ante cualquier intento de restricción previa por las autoridades (incluso ante las declaraciones de estados de alarma, excepción o sitio).
Entonces, en un caso semejante en España, está claro que el periodico implicado habría recurrido a la Constitución, en particular a ese artículo, que, además que protegir la libertad de prensa, garantiza también una especial protección frente a posibles tentativas de censura previa por el gobierno.
FUENTES
notizie.tiscali.it
wikipedia.org


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